Un grupo de profesionales estudiosos del tema, luego de un análisis juicioso del proyecto de ley que cursaba en el Congreso de la República sobre la propuesta de organización gremial de los contadores, el cual fue retirado, nos dimos a la tarea de estructurar una nueva propuesta la cual está a disposición de la profesión de la Contaduría Pública en esta página desde el pasado primero de marzo de 2001
Los promotores de la propuesta aspiramos hacer realidad un sueño que por décadas hemos acariciado los contadores, pero que nos ha sido esquivo, "la unidad gremial".
La propuesta busca fortalecer ostensiblemente las asociaciones de contadores de las universidades, haciendo claridad que al momento de aprobarse este proyecto, solo harán parte del Colegio Profesional de los Contadores Públicos, las asociaciones que demuestren un historial de realizaciones y capacidad de gestión; las demás que hacia el futuro se aspiren a crear deberán solicitar su aprobación a la Dirección Nacional.
Procurando una activa participación de todos los asociados, hemos propuesto los siguientes comités:
- Comité de educación continuada.
- Comité de ética profesional
- Comité de reglamento
- Comité de finanzas
- Comité de servicios a los colegiados
- Comité de revisión entre colegas
- Comité de colegiados en la empresa privada
- Comité de asuntos contributivos
- Comité de contabilidad y auditoría gubernamental
- Comité de planeación estratégica
- Comité de legislación
- Comité de firmas locales
- Comité de proyección pública
- Comité de apoyo tecnológico
- Comité de Ex presidentes
El Proyecto organiza a los contadores en una institución que si bien aspira a convertirse en la institución que represente los intereses de esta colectividad, suma, articula y potencia los esfuerzos que a lo largo y ancho del país se hacen en procura de desarrollar la profesión y que los promotores de esta iniciativa pretendemos se convierta en un claro ejemplo para las demás profesiones de la forma como se puede llevar a la realidad ese sueño que plasmaron nuestros constituyentes en el artículo 26 de la Constitución de 1991, cuando hacían alusión a que las profesiones debidamente reconocidas, se podrían organizar en colegios.